lunes, 28 de abril de 2014

RELACIONES FAMILIARES EN DERECHO. EL MUTUO ACUERDO

Es evidente que el procedimiento judicial comienza a funcionar, cuando el matrimonio o la relación de pareja fracasan. 

Para muchos integrantes de la pareja, es ESTE FRACASO, lo que les impide dar el paso. Consideran que deben GANAR, y en la vida la única batalla ganada es la propia felicidad, mantenerse en una relación que te hace INFELIZ, es un FRACASO MAYOR, que disolver la unión.

Una vez llegados a este punto, y tomada la decisión de separarse, lo MAS SENSATO, es que los miembros de la pareja traten de ser ellos mismos quienes marquen y decidan las estipulaciones de su futuro, no dejarlo en manos de un tercero.

El divorcio según nuestra leyes no necesitan tener una razón que justifique el mismo, por lo que cualquiera de los cónyuges puede pedirlo. 

Si no hay hijos, en realidad el juzgador sólo va a entrar en el pronunciamiento de divorcio, y si la demanda se presenta de mutuo acuerdo también se pueden incluir los acuerdos a los que se lleguen respecto a los bienes que integran el patrimonio ganancial, si lo hubiera.

Si en el matrimonio existen hijos, los acuerdos TIENEN QUE RECOGER LOS SIGUIENTES EXTREMOS:

1. Quien será el progenitor bajo cuya custodia queden los hijos.  En caso de optar por la guardia y custodia compartida, los términos en que esta se formula.

2. Tanto en un régimen de custodia como en otro, si existirá régimen de visitas y en que consistirá, (imaginemos una custodia compartida por meses)

3. Pensión alimenticia. Es obvio que cuando la custodia es monoparental (a favor de uno solo de los progenitores) exista la obligación del no custodio de contribuir a los alimentos de sus hijos (vestido, educación, alimentos, sanidad...)
En algunos casos de guardia y custodia compartida, también se establece una pensión alimenticia, si uno de los progenitores no tiene bienes suficientes para atender las necesidades del menor.

4. Uso del domicilio familiar, generalmente se atribuirá a los hijos menores y al progenitor custodio.

Aquí caben tantos acuerdos como los padres quieran establecer, para garantizar las buenas relaciones futuras de la familia.

También de mutuo acuerdo puede liquidarse la sociedad de gananciales, adjudicándose los bienes según los acuerdos alcanzados.

Todas estas decisiones, que afectan a la esencia de las relaciones familiares, siempre serán menos perjudiciales si se consiguen a través de acuerdos, pero no siempre es posible.

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miércoles, 23 de abril de 2014

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. PROMOCIÓN MAYO. 600 EUROS.


Sólo para Madrid capital .
En el mes de mayo, ofrecemos una oferta especial para aquellas parejas que hayan decidido divorciarse de mutuo acuerdo.

Requisitos:

Que los cónyuges tengan clara su intención de disolver el vinculo matrimonial y cesar en la convivencia.
Se necesitara Certificación literal de matrimonio.

Que si tienen hijos, tengan claro, el tipo de custodia que acuerdan respecto de los mismos, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda familiar, y los gastos extraordinarios.
Se necesitara certificación literal de nacimiento de los hijos nacidos en el matrimonio. 

Nosotros redactamos su acuerdo en un convenio regulador y preparamos la demanda ante los tribunales para que sólo tengan que ratificar el mismo en la sede judicial y esperar la resolución.

Precio promocional, sin gastos de procuradora, ni poderes notariales, ni IVA : 600 euros.

Visite nuestra web www.agmuriel.com o pida información sin compromiso al correo información@agmuriel.com

JUICIOS DE FALTAS. ACCIDENTES DE TRAFICO. Oferta mayo. 650 euros.



Oferta solo valida, para Madrid capital.

Si has tenido un accidente de tráfico y has sufrido lesiones y daños materiales y la compañía de seguros no quiere hacerse cargo, o el vehículo que provoco el percance no tiene seguro de responsabilidad civil. 

Antes de recurrir a la vía civil, resulta aconsejable por ser más económico recurrir al juicio del faltas, donde además de la responsabilidad penal de la persona que causo el accidente, se procederá a dirimir conjuntamente la responsabilidad civil. 

Sólo durante el mes de mayo, ofrecemos una minuta plana para este tipo de juicios de faltas, 650 euros, sin incluir gastos de procurador, ni poder para pleitos, ni IVA. 

Requisitos para interponer juicio de faltas por accidente de circulación.

Que las lesiones sufridas sean aquellas que la ley establece como constitutivas de delito.

La documentación que deberá presentarse será la relacionada con los tratamientos, médicos, quirurjicos o de rehabilitación, así como estancias hospitalarias en su caso, bajas laborales, etc.

Para más información visita nuestra web: www.agmuriel.com
O remite un correo con todos los datos a informacion@agmuriel.com

martes, 22 de abril de 2014

Bienvenidos a nuestro blog de noticias jurídicas.

Trataremos de mostrar información innovadora y actual sobre los distintos procedimientos y derechos de nuestro ordenamiento jurídico, tratando de aclarar dudas sobre aquellos aspectos que a las personas ajenas al derecho pueden resultarles incomprensibles.

Trataremos de utilizar un lenguaje coloquial, para que todos los usuarios o visitantes de esta pagina, puedan entender sin dificultad los entramados judiciales de los procedimientos y de las leyes.

Esperamos ser de utilidad para alguno de ustedes.